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RÉGIMEN SANCIONADOR EN MATERIA DE CONTENCIÓN DE RENTAS

El pasado enero 2025 entró en vigor el Decreto Ley 1/2025, de 28 de enero, de medidas urgentes en materia de contneción de rentas, que regula un régimen sancionador para el caso de incumplimiento en la publicidad o condiciones de contratación que establece la Ley de la Vivienda de Cataluña de 28.12.2007.

La prensa y agentes del sector se han hecho eco de ella por las elevadas sanciones que establece que pueden alcanzar hasta los 900.000€.

Lo URGENTE de este Decreto Ley es que concede un plazo de 5 días, hasta el lunes 3 de febrero de 2025 para adaptar los anuncios y ofertas de alquiler de vivienda estén o no situadas en la zona de mercado residencial tensionado (ZMRT) de Cataluña (171 municipios, prácticamente todo el territorio) a las prescripciones de este nueva regulación. Veamos:

-En caso de que la vivienda esté ubicada en una ZMRT, debe publicarse el precio que resulta de aplicar el sistema de referencia de los precios del alquiler o, si procede, el precio del contrato de alquiler anterior. Ya no basta con publicar el índice de referencia.

– En caso de vivienda alquilada con anterioridad, deberá publicarse el precio de la última renta del contrato de arrendamiento que haya sido vigente en los últimos cinco años en la misma vivienda o si procede, el precio de alquiler que resulta de aplicar el sistema de referencia de los precios del alquiler de viviendas, justificado mediante el documento acreditativo obtenido a este efecto mediante el sistema de consulta pública establecido por la administración competente.

– deberá publicarse la condición de gran tenedor de la propiedad de la vivienda que esté en una ZMRT.

Todos los puntos anteriores deben constar también en el contrato. En el caso de viviendas en ZMRT deberá constar en el contrato la finalidad del mismo.

Enero 2025.

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